Hazte un préstamo

Si creías que sólo podrías disfrutar de los recursos de tu cuenta individual hasta tu jubilación, estás equivocado, puedes hacerlo en otras dos ocasiones: cuando te cases o te quedes sin empleo.

María y Julián fijaron hace un año la fecha de su boda. Hoy tienen todo listo para el evento pero se han quedado en ceros por los gastos que esto implica. Todavía les falta pagar el depósito y la renta del lugar donde vivirán, además quieren

comprar una lavadora y al menos una mesa para empezar. ¡El zapato de la novia no los ayudaría mucho! En este momento un préstamo no les caería nada mal y qué mejor que quien otorgara ese dinero pudieran ser ellos mismos.

casados

Sí, oíste bien. Por Ley1 tienes derecho a realizar un retiro de tu cuenta individual que administra tu Afore ?estos recursos se toman de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV)? como ayuda para gastos de matrimonio, equivalente a treinta días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal2 a la fecha de celebración de tu boda civil. Actualmente esto equivale a $1,870. Si los dos trabajan juntarían $3,740.

Este derecho podrás ejercerlo una sola vez en tu vida sin importar si es tu primero, segundo o tercer matrimonio, y puedes hacerlo aunque tengas unos “añitos” de casado (a), siempre y cuando la fecha del matrimonio sea posterior al 1° de julio de 1997.

¿Qué hay que hacer?

Verifica primero si cumples con los requisitos para pedir la ayuda:

•No haber ejercido el derecho anteriormente.

•Tener cuando menos 150 semanas (casi 3 años) cotizando al seguro social.

•Estar laborando: que tu patrón te tenga dado de alta ante el IMSS. Puedes hacer efectivo el apoyo si contraes matrimonio dentro de los 90 días hábiles posteriores a tu baja.

•No haber sido registrados con anterioridad ante el instituto, tú y tu pareja, en calidad de cónyuges.

Luego acude a la Unidad de Medicina Familiar del IMSS que te corresponda en un horario de 8:00 a 15:00 horas y solicita la “Resolución de ayuda para gastos de matrimonio”.

Deberás presentar:

1. Identificación oficial.

2. Copia certificada de tu acta de matrimonio y copia fotostática para cotejo.

3. Tarjeta de afiliación al IMSS o cualquier documento que contenga tu número de seguridad social (NSS).

4. Estado cuenta de tu Afore (ésta debe enviártelo a tu domicilio mínimo tres veces al año).

Ten en cuenta que si previamente registraste a otro cónyuge ante el IMSS, además de los documentos anteriores te pedirán el acta de defunción de tu antigua pareja o bien el acta de divorcio, o declaración escrita bajo protesta de decir verdad de que el concubinato terminó (recuerda: sólo en caso de no haber usado este recurso con anterioridad).

El instituto cuenta con 28 días naturales, a partir de la fecha de tu solicitud, para entregarte la resolución. A partir de ese momento tienes 60 días naturales para acudir a tu Afore a realizar el cobro, la cual te entregará la cantidad que te corresponda en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito.

Una de las ventajas que tienes al solicitar esta ayuda es que ya no se realiza descuento alguno a tus semanas de cotización como se hacía hace tres años3. Si hiciste un retiro por matrimonio antes de mayo de 2009 y te descontaron semanas de cotización, por Ley te deberán ser reintegradas.

desempleoPor desempleo

Fausto lleva dos meses buscando empleo, no previó un fondo de ahorro para este tipo de emergencias, pensó que él era indispensable y que acabaría jubilándose en la empresa para la que trabajaba. Hoy no cuenta con un peso en la bolsa y recibir una cantidad mensual, por pequeña que ésta sea, lo ayudaría a cubrir sus gastos.

Cuando te quedas sin trabajo tienes el derecho a hacer un retiro parcial del dinero que tienes acumulado en tu cuenta individual4, específicamente de la subcuenta de RCV. A diferencia del retiro por matrimonio, la ayuda por desempleo podrás solicitarla cada cinco años si te encontraras en esta situación. Sin embargo debes considerar que cada vez que lo hagas, la Ley del Seguro Social prevé que se haga un descuento de semanas de cotización, lo cual podría postergar la fecha de tu jubilación. Esto no es tan malo si consideras que puedes recuperar tus semanas si realizas aportaciones totales o parciales a tu cuenta de retiro, directamente en la Afore5.

La cantidad que puedes retirar depende tanto de tu salario base de cotización (SBC) ?puedes consultarlo en tu estado de cuenta de la Afore? como del tiempo que lleves con tu cuenta individual y tus semanas de cotización al IMSS, por lo cual existen dos opciones:

A) Si tu cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 12 bimestres cotizados en el IMSS, podrás retirar en una sola exhibición 30 días de tu último SBC, con un límite de diez veces el SMGVDF mensual.

Veamos cuánto recibiría Fausto, si éste fuera su caso:

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B) Si tu cuenta individual tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrás disponer de lo que resulte menor entre:

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Cantidades que se te entregarán en un máximo de seis mensualidades, la primera puede ser si así lo solicitas por un monto de 30 días de tu último SBC. En el caso de que llegaras a conseguir trabajo durante el transcurso de esos seis meses las parcialidades que te falten se suspenderán.

Veamos cuánto recibiría Fausto, si éste fuera su caso:

tabla

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La Ley del Seguro Social menciona que la disminución de semanas se calculará así:

El monto retirado / [El saldo en tu cuenta individual / el número de semanas cotizadas]

En nuestro ejemplo Fausto llevaba cotizando al IMSS 250 semanas (casi cinco años), con este préstamo que tomará de su cuenta, se le restarían las siguientes semanas de cotización:

$9,487.50 / [$82,500 /250 semanas] = 9,487.50 / 330 = 29

250 – 29 = 221 semanas le quedarían como cotizadas.

Una vez que Fausto encuentre trabajo podría abonar $791 mensuales por un año a su cuenta de ahorro para el retiro y así recuperar sus semanas de cotización.

 

¿Cómo realizo el trámite?

Primero verifica que cumplas con los requisitos para solicitar esta ayuda:

• Haber sido dado de baja del IMSS por tu patrón.

• Esperar 46 días naturales de haber quedado desempleado.

• No haber realizado retiros por desempleo en cinco años. Deberás acreditarlo con los estados de cuenta correspondientes.

• Tener al menos tres años con tu cuenta individual y 12 bimestres cotizados al IMSS.

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Ve a la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponda, solicita un “Certificado de baja del trabajador desempleado” y presenta:

1. Identificación oficial.

2. Original y copia de cualquier documento en el que conste tu número de seguridad social.

3. Dos últimos estados de cuenta de tu Afore.

Deberán entregarte el certificado en un máximo de dos días hábiles y tendrás 90 días a partir de su expedición para solicitar a tu Afore los recursos, ésta te dará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito.

Si realizaste retiros por desempleo entre el 1° de octubre de 2008 y el 26 de mayo de 2009, podrás solicitar la diferencia entre lo que recibiste (cantidad que resultó menor entre 75 días de tu SBC de las últimas 250 semanas de ese entonces y el 10% de lo acumulado en tu cuenta) y la cantidad que está vigente al día de hoy y que es mayor.

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Haz tus cálculos

Bajo el lema “no es más rico el que gana más, sino el que sabe gastar” la página www.sabergastar.com te ofrece información útil para la toma de decisiones relacionadas con tus finanzas personales.

Cuenta con calculadoras fáciles de manejar para que realices tus propios cálculos, una de éstas te ayuda a saber cuántas semanas de cotización te descontaría el IMSS si solicitas en tu Afore un retiro parcial por desempleo. Sólo tienes que ingresar tres datos:

1. Las semanas que llevas cotizando al IMSS.

2. El saldo que tienes en tu cuenta individual.

3. El monto que recibirías por la ayuda por desempleo.

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Hay otras calculadoras que te dicen: cuánto pagarías por concepto de intereses en un crédito automotriz o hipotecario, cuánto recibirás cuando te pensiones por alguna de las dos leyes del IMSS, cuánto podrías ganar durante un periodo determinado en una inversión con cierta tasa de interés, etcétera.

Todas estas herramientas puedes descargarlas en tu equipo para utilizarlas cuando las necesites, ya que vienen en hojas de cálculo de Excel.

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