Ábrete puertas
Hay quienes creen que aparecer en el buró de crédito es malo. Nada más errado, es la forma en la que apareces en lo que debes fijarte.
A todos nos puede ocurrir que de pronto caigamos en alguna mala racha financiera y se vuelva más difícil cumplir con nuestros compromisos crediticios. Si la racha se prolonga y dejas de pagar por más de un mes, es probable que
llegues a escuchar advertencias como “lo vamos a reportar al buró”, “está afectando su historial” e incluso “se está cerrando las puertas a nuevos préstamos”.
Aparecer en el buró de crédito no es malo, lo que importa es la forma en la que apareces. Si eres de los que paga puntualmente, tu historial será positivo y tendrás abiertas las puertas para futuros créditos; ocurrirá lo contrario si tienes incumplimientos o has dejado de pagar: tu historial será negativo y será difícil que quieran prestarte. Curiosamente, si no estás en el buró de crédito no será tan fácil que una empresa te dé un crédito, pues no tendrá los elementos para evaluar tu desempeño como deudor.
Lo que conocemos como buró de crédito son en realidad las Sociedades de Información Crediticia (SIC). Estas instituciones son las encargadas de recopilar y administrar información relativa a la forma en que pagas y manejas tus adeudos comerciales, bancarios o cualquier otro préstamo, así como la puntualidad con la que realizas tus pagos. Este registro se entrega, previa autorización tuya, a las empresas que otorgan créditos como bancos, hipotecarias, tiendas departamentales, empresas de financiamiento automotriz, para que conozcan tu experiencia de pago y decidan si te dan o no un crédito.
La Ley establece que las SIC sólo pueden dar información sobre una persona en dos casos: cuando un usuario solicita su reporte de crédito y cuando una empresa otorgante de crédito lo solicita, previa autorización del cliente.
En nuestro país son tres las SIC dedicadas a esta labor: Trans Union para personas físicas; Dun & Bradstreet para personas morales y Círculo de Crédito (las dos primeras integran Buró de Crédito). Círculo de Crédito fue creado para dar información sobre el comportamiento de crédito de personas físicas con ingresos máximos de ocho salarios mínimos al mes. Actualmente maneja también información de personas morales (empresas).
Las instituciones con quienes contrataste los créditos son las que proporcionan a las SIC reportes mensuales sobre tu comportamiento de pago. Dichos informes se concentran en un documento que se conoce como Reporte de Crédito Especial (RCE).
Solicita tu reporte
Puedes consultar tu Reporte de Crédito Especial sin costo una vez cada doce meses (siempre y cuando la entrega se realice por internet, correo electrónico o directamente en la oficina de atención a clientes de la SIC correspondiente).
Para asegurar que nadie pueda consultar tu Reporte de Crédito sin tu autorización, al hacer tu solicitud el buró te pide información específica sobre tus créditos.
Estos datos son los mínimos requeridos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
Por eso, al pedir tu reporte, ten a la mano los estados de cuenta de tus créditos, pues varios de los datos que necesitas se encuentran ahí.
Cómo leerlo
Ya que tienes el documento en mano, es hora de interpretarlo, así sabrás cómo te ven las instituciones que dan préstamos.
Al principio vienen tus datos generales: nombre, fecha de nacimiento, RFC, fecha de registro en el buró de crédito, domicilios y teléfonos reportados al solicitar créditos.
Luego se aprecia el detalle de cada crédito bancario o no bancario que tengas contratado o que hayas cancelado no hace más de seis años.
Los créditos no bancarios que se reportan en el buró son algunos servicios como el de televisión de paga, telefonía celular de pospago, créditos con tiendas departamentales e incluso la renta si tu contrato de arrendamiento lo firmaste a través de una empresa que pertenezca a la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios. Estos últimos, como son créditos menores, generalmente se reportan a Círculo de Crédito, aunque también pueden estar registrados en Buró de Crédito.
Para cada préstamo se indica la institución que te lo otorgó, el número y el tipo de crédito (tarjeta de crédito, préstamo de nómina, crédito automotriz), el saldo que adeudas, si la cuenta está vigente o ha sido cancelada. Aquí hay que prestar mucha atención, si tienes por ejemplo, una tarjeta de crédito que ya no quieres, no basta con dejarla de usar y olvidarte de ella, tienes que cancelarla pues mientras no lo hagas la cuenta sigue activa y el banco puede cobrarte comisiones como la anualidad que, si no pagas se reflejará en una nota de incumplimiento en tu historial crediticio.
En el reporte que otorga Círculo de Crédito se indica si el crédito está o no vigente, si hubo atrasos y el monto vencido en caso de haberlo.
El reporte que da Buró de Crédito es un poco más amplio, te muestra primero un resumen de tus créditos y un indicador de tu comportamiento de pago:
Cuenta al corriente.
Atraso de 1 a 89 días.
Atraso mayor a 90 días o deuda sin recuperar.
Luego te presenta un histórico de pagos que refleja a detalle cómo has pagado ese crédito durante los últimos 24 meses. A cada crédito le corresponde una calificación, que muestra la oportunidad con que se pagó en ese periodo:
1 Estás al corriente.
2 Tienes un atraso de 1 a 29 días.
3 Tienes un atraso de 30 a 59 días.
4 Tienes un atraso de 60 a 89 días.
5 Tienes un atraso de 90 a 119 días.
6 Tienes un atraso de 120 a 149 días.
7 Tienes un atraso de 150 días hasta 12 meses.
96 Tienes un atraso de más de 12 meses.
97 Cuenta con deuda parcial o total sin recuperar.
98 Fraude cometido por el consumidor (por ejemplo, si diste datos falsos al solicitar un crédito).
0 Cuenta muy reciente para ser informada.
U Cuenta sin información.
– Cuenta no reportada en este periodo.
El saldo de la cuenta es reportado como pérdida por la entidad financiera o empresa comercial.
Lo que pasó, pasó
El historial crediticio es un archivo, igualito que tus calificaciones en el colegio. Si después de reprobar sacas un diez, qué bueno, pero lo que pasó ahí está y se mantiene el tiempo que marca la Ley con base en las reglas del artículo 23 y 24 de la Ley para Regular las SIC y de la regla 12 de la Circular 27/2008 del Banco de México. Dependiendo del monto es la temporalidad que se mantiene ese registro.
Por regla general, se borrarán:
a) En un año: deudas menores o iguales a 25 UDIS1 ($117.3).
b) En dos años: deudas mayores de 25 UDIS hasta 500 UDIS ($2,346.4).
c) En cuatro años: deudas mayores a 500 y hasta 1,000 UDIS ($4,692.8).
d) En seis años: deudas menores a 400 mil UDIS ($1,877,118.4).
e) No se eliminan: deudas mayores a 400 mil UDIS.
Se deberá tomar el valor de la UDI correspondiente al primer día hábil del año calendario en que se deba llevar a cabo el borrado. La referencia a partir de la cual se cuentan estos plazos es la primera vez que se reportó información sobre el cumplimiento o incumplimiento ininterrumpido de pago de este crédito.
Si no pagas…
Pensarás “mejor no pago, después de un tiempo me borrarán”. Aunque en la práctica tus adeudos con las observaciones respectivas se eliminan luego del periodo que determina la Ley (siempre y cuando no sean mayores a 400 mil UDIS), los otorgantes de crédito consideran que una persona que tiene mucho tiempo de haber sido registrada en el buró y que no cuenta con ningún crédito es un mal pagador. Aunado a ello, el tiempo que estés con malas calificaciones será difícil obtener un crédito.
Los datos de tu historial se actualizan al menos una vez al mes, por lo que si te pones al corriente con tus pagos, esto se reflejará en la siguiente actualización. De esta forma tienes mayores probabilidades de obtener un crédito que si definitivamente dejas de pagar (la institución que ofrece créditos evaluará tu situación y será su decisión otorgarte o no el préstamo).
Si definitivamente dejas de pagar y la institución te invita a dar al menos una parte de la deuda, por ejemplo: debes $60,000 y el banco te propone liquidar tu deuda con un pago único de $21,000, a esto se le llama quita. Si decides aceptar la propuesta, debes estar consciente que esta situación quedará registrada en tu RCE con la leyenda 97, que significa “cuenta con deuda parcial o total sin recuperar”; se traducirá en una mala nota en tu historial.
Existen distintas claves dependiendo de la condición en que se da la quita. No es lo mismo un cliente que se acerca a negociar, que un cliente que se niega a pagar hasta que el banco le hace una propuesta. Si negocias por tu iniciativa la clave es LC, si negocias por iniciativa de la institución es LG. No obstante aunque la clave sea distinta, la lectura que tengan las instituciones que otorgan créditos no va a ser muy diferente en uno u otro caso, pues a fin de cuentas el deudor no cumplió con sus obligaciones.
Si la institución o despacho de cobranza te ofrece un plan de pagos o una quita, y estás de acuerdo, pide que te den un comprobante por escrito de las nuevas condiciones.
Otra situación que se ve reflejada en tu historial es el hecho de que la institución que te otorgó el crédito le venda su cartera a otra, pues tu deuda cambia de dueño, por decirlo de algún modo. En tal caso puede haber dos escenarios: a) que la nueva institución sea cliente del Buró de Crédito o b) que la nueva institución no sea cliente del Buró de Crédito.
En el primer caso, la nueva institución será la responsable de reportar al Buró cuando liquides tu deuda para que quede asentado en tu registro. En el segundo caso, la responsable sigue siendo la entidad que te otorgó el crédito. En ambos, si existe quita, el crédito aparecerá con la clave 97.
El adeudo que pasó a cobranza y se pagó completo se reportará con la clave CL (cuenta en cobranza pagada totalmente).
Puedes reclamar
Tienes derecho a realizar dos reclamaciones anuales sin costo a las SIC en caso de no estar de acuerdo con tu Reporte de Crédito. Los motivos de la reclamación pueden ser por errores en tus datos personales o puedes reclamar si en tu reporte aparecen créditos que no hayas solicitado, o si hay errores: créditos liquidados que aparezcan como vigentes, créditos pagados puntualmente y que aparezcan con retrasos, créditos que no aparezcan, saldos incorrectos, etc.
Para hacer tu reclamación debes llenar una Solicitud de Aclaración, formato que encuentras en la página de internet de las SIC. Debes anexar una copia de tu identificación oficial, copia de los documentos que respaldan tu aclaración, como estados de cuenta, recibos de pago, así como la copia de tu RCE. Puedes hacer llegar esta documentación a través de correo electrónico, fax o paquetería; en el D.F. puedes acudir a las oficinas de Atención a Clientes de dichas empresas.
Una vez que tu reclamación es recibida, la SIC verifica si los errores son atribuibles a su operación. Si es así los debe corregir de forma inmediata. Si los errores son de competencia de otra entidad (financiera o comercial), la SIC le hace llegar tu reclamación para obtener una respuesta. Todo este proceso puede durar un máximo de 45 días. En caso de que no hubiese una contestación por parte de la empresa a quien reclamas, la SIC deberá modificar y actualizar tu reporte.
Mientras la reclamación se encuentre en trámite con el otorgante del crédito, aparecerá ligada al préstamo la leyenda: “registro impugnado”.
Si no estás conforme con la respuesta, puedes solicitar que en tu Reporte se incluya, de forma gratuita, una declarativa, la cual es un texto de hasta 200 palabras explicando tu inconformidad.
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