No los tires

Conoce la vigencia de los estados de cuenta y vouchers de tu tarjeta de crédito y débito

Después de determinado tiempo, los estados de cuenta y vouchers de tu tarjeta de crédito y débito pueden resultar bastante estorbosos, pero deshacerse de ellos no es tan sencillo como parece, ya que éstos son un elemento de prueba en caso de que tengas alguna aclaración con tus plásticos, por lo que algunas personas prefieren no arriesgarse, y conservarlos por mucho tiempo, aunque estos se conviertan en documentos sin valor alguno.

La vigencia de tus estados de cuenta o vouchers, es el tiempo que tienes para poder hacer una reclamación de tu tarjeta de crédito o débito, por ejemplo, por no reconocer algún cargo en tus plásticos. Este periodo radica principalmente en lo que marca la

ley o tu contrato de adhesión.

Debido a la importancia de estos documentos, es fundamental que no dejes a la ligera su vigencia y conserves el original durante el tiempo que mantiene su validez, llegando así a la pregunta del millón: ¿por cuánto tiempo debo conservarlos?

Te presentamos la vigencia de los estados de cuenta y vouchers; así como los elementos en los que te debes fijar, con la finalidad de que conserves aquellos que son imprescindibles, y te deshagas de aquellos que carecen de vigencia, sin remordimiento alguno.

Tarjetas de crédito

Estado de cuenta y vouchers: Se recomienda conservar estos documentos al menos 90 días naturales, contados a partir de la fecha de corte, o en su caso, de la realización de la operación o servicio. Este es el tiempo que tienes marcado para poder presentar una solicitud de aclaración con tu institución bancaria. Si posterior a esta fecha reconoces anomalías en estos documentos, de acuerdo con la ley1, puedes presentar tu reclamación ante la Condusef, dentro del término de dos años, contados a partir de que se presente el hecho que les dio origen o desde la negativa de la institución financiera a satisfacer tus pretensiones como usuario de servicios financieros.

Tarjetas de débito

Estado de cuenta y vouchers: Sucede lo mismo que con las tarjetas de crédito, se aconseja que estos documentos permanezcan en tu poder por lo menos 90 días naturales, para que la institución financiera pueda dar respuesta a tu aclaración, ya que estos documentos fungen como elementos de prueba.

Después de este tiempo, cuentas con dos años para poder presentar una consulta o reclamación ante la Condusef.

1 Artículo 65 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de los Servicios Financieros.

voucher

cuenta

Cómo presentar una consulta o reclamación ante Condusef:

1. Elabora un escrito en el que relates los hechos, que contenga la fecha en la que solicitaste a la institución financiera una aclaración de los cargos no reconocidos, así como el motivo por el que deseas hacerlo, la respuesta que te haya dado la institución y tus datos personales (nombre y domicilio).

2. Entrega el escrito en las oficinas de la Condusef, acompañado de:

• Copia de identificación

• Copia del estado de cuenta o voucher en el que se refleje el cargo no reconocido o el motivo de la aclaración.

3. Verifica que la copia que conserves tenga el sello de Condusef como acuse de recibo.

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