Cuidado con las cláusulas abusivas

Identificarlas te puede evitar contratiempos

Hay ocasiones en que como usuario de productos y servicios financieros, enfrentas el problema de tener que aceptar ciertas condiciones desfavorables que alguna entidad financiera estipula en su contrato de adhesión y que pueden repercutir directamente en tus finanzas. A estas condiciones se les conoce como Cláusulas Abusivas.

Éstas causan desequilibrio en los derechos y obligaciones entre instituciones financieras y usuarios, por lo que la Condusef (como resultado de la Reforma Financiera), puede ordenar que se eliminen, salvo aquellas que tengan que ver con tasas de interés, comisiones o cualquier otro concepto que implique la contraprestación recibida por la institución financiera.

En cualquier tipo de contrato de adhesión, son Cláusulas Abusivas las que se ubiquen en los siguientes casos y supuestos1:  

Limiten injustificadamente el ejercicio de los derechos del usuario.

Impongan al usuario la obligación de acreditar con pruebas las operaciones, movimientos o pagos efectuados a la propia institución financiera.

Establezcan obligaciones indeterminables para el usuario, en caso de incumplimiento de éste al contrato de adhesión.

Permitan a la institución financiera terminar un contrato de adhesión sin notificación previa.

Establezcan como causal de terminación anticipada del contrato de adhesión, la conclusión de otra relación contractual o la realización de actos no vinculados directamente con las obligaciones del usuario convenidas en el contrato, salvo que se trate de actos que deriven de un incumplimiento de obligaciones crediticias.

Impliquen la renuncia del usuario al derecho de ser resarcido o reembolsado de cualquier erogación que corresponda a la institución financiera.

Permitan la modificación, restricción o ampliación de lo pactado en el contrato de adhesión, sin el consentimiento del usuario, salvo que sea en beneficio del mismo.

Cuando la Condusef determine la existencia de Cláusulas Abusivas en los contratos de adhesión, ordenará a la institución financiera la eliminación de las mismas. En caso de que la institución no modifique los contratos de adhesión, se le impondrá una multa económica que puede ir de los 500 a 2000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal por cada reclamación que proceda2.

Es importante que revises el contrato antes de adquirir un producto financiero, ya que muchas veces al firmar sin leer, aceptas las condiciones abusivas sin tener conocimiento de ellas. Revísalo a detalle, y cuando veas una cláusula que pienses que pueda poner en riesgo tus finanzas, no firmes y acude a la Condusef a denunciar ese contrato.

Revisa el Buró

Te recomendamos consultar el Buró de Entidades Financieras en www.buro.gob.mx, donde la Condusef publica todas las Cláusulas Abusivas que ha identificado a la fecha.

1 Disposiciones de carácter general en materia de cláusulas abusivas contenidas en los contratos de adhesión. Capítulo II “De los casos y supuestos”, DOF: 19/11/2014.

2 Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Artículo 94, fracción XV.