Servicios Financieros a la vuelta de la esquina

Corresponsales bancarios

Los corresponsales bancarios funcionan como una ventanilla entre la Institución Financiera y tú, para ofrecerte algunos de los servicios financieros que se dan regularmente en una sucursal.

¿Sabías que en todo momento, la Institución Financiera es la responsable de todas las operaciones que realices a través de sus corresponsales? Por ello, es

importante que conozcas los pormenores de los servicios que ofrecen.

A continuación te presentamos algunas de las actividades que pueden realizar algunos de los Corresponsales Bancarios, por Institución Financiera:

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Las actividades que NO pueden realizar son:

• Cobrar a los clientes o usuarios tarifas no autorizadas.

• Condicionar alguna venta de otro producto o servicio a la realización de alguna operación (ventas atadas).

• Publicitarse o promocionarse en los comprobantes de operación.

• Ceder el contrato total o parcialmente a terceros.

• Pactar exclusividad en el pago de servicios no bancarios así como en el pago de tarjetas de crédito.

• Prestar servicios financieros por cuenta propia.

• Realizar cualquier operación de forma distinta a la pactada con la Institución Financiera.

También puedes enviar o recibir remesas del exterior

Al enviar:

• Busca el mejor tipo de cambio y las comisiones más baratas, así garantizarás que tu beneficiario reciba más dinero.

• Si deseas enviar dinero en minutos, toma en cuenta que implica un gasto extra, procura utilizar este servicio en caso de emergencia.

• Proporciona correctamente el número de confirmación a tu beneficiario para que no tenga problemas al cobrarlo.

• Consulta cuáles son las Instituciones Financieras que están suscritas a “Directo a México”; con este servicio puedes enviar tus remesas a cualquier cuenta bancaria en México, de manera segura y sin descuidar tu economía.

• Tramita tu Matrícula Consular Mexicana, ésta te sirve como identificación para abrir cuentas de depósito en diversas Instituciones Financieras en Estados Unidos.

Al cobrar  tu dinero:7

• Previamente corrobora con tu familiar el monto, número de confirmación y el tiempo que tardará en llegar.

• Recuerda que los corresponsales bancarios no pueden condicionarte el cobro de remesas por artículos en especie o por servicios que no necesites.

• Tampoco pueden fraccionar el cobro por pagos parciales.

• Además verifica cuántos retiros puedes obtener sin costo, ya sea por  ventanilla o por medio de una tarjeta de débito, en caso de que tus remesas sean depositadas a una cuenta bancaria.

• En caso de que experimentes un mal servicio, acude a la PROFECO, si se trata de alguna Institución Financiera no dudes en levantar una reclamación en la CONDUSEF.

Por último…

Antes de realizar operaciones bancarias a través de algún corresponsal, toma en cuenta lo siguiente:

• Nunca menciones o entregues por escrito tu NIP al cajero o encargado del comercio, recuerda que debes introducirlo de manera personal en caso de ser necesario.

• No pierdas de vista tu tarjeta durante la operación que realices.

• Siempre exige comprobante de la operación que realizaste, el cual debe contener, entre otros datos: tipo y número de cuenta, monto, nombre del banco y comercio que actúa como corresponsal, además de los teléfonos de contacto del banco en caso de aclaración.

• Verifica que el operador no emita un duplicado de tu comprobante.

• El comercio no puede obligarte a adquirir algún producto para hacer la operación bancaria.

• Sólo la Institución Financiera puede cobrar comisiones por la operación que se realice, no los Corresponsales. Dicho cobro debe estar reflejado en el comprobante o en el estado de cuenta correspondiente.

• Asimismo, las instituciones a través de los comisionistas, deben proporcionar la información suficiente para que conozcas el procedimiento en caso de presentar una aclaración o queja, para lo cual deben proporcionar el número telefónico y correo electrónico de la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE), así como los números correspondientes al “Centro de Atención Telefónica” de la CONDUSEF.

Los servicios de corresponsal bancario se deben prestar sin el cobro de comisión alguna por cuenta propia. Todas las comisiones que se cobren deben estar autorizadas por el banco y mostrarse en el comprobante de operación correspondiente.

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