Cuentas de nómina, públicas en general y tarjeta de crédito

¿Piensas que pierdes dinero en el pago de comisiones y por ello no tienes una cuenta bancaria o una tarjeta de crédito? ¿Sabías que la Ley obliga a las Instituciones de Crédito a ofrecer estos dos productos sin el pago de comisiones? Te explicamos:

 

¿Qué es una cuenta básica?
Es aquella que te permite tener tu dinero siempre disponible y no te cobra comisiones. Como verás, las instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo que reciben depósitos -de personas físicas- están obligadas a ofrecer un producto básico de nómina o para el público en general, cuyo abono mensual no exceda el importe equivalente a ciento sesenta y cinco salarios mínimos diarios (lo que es $13,206.6); y están exentas de cualquier comisión por apertura, retiros y consultas o por cualquier otro concepto en la institución que otorgue la cuenta.
Estas cuentas deberán contar con los siguientes servicios mínimos:

  1. Apertura y mantenimiento de la cuenta.
  2. Otorgamiento de una tarjeta de débito al cliente y su reposición en caso de desgaste o renovación.
  3. Abono de recursos por cualquier medio.
  4. Retiros de efectivo en ventanillas y cajeros automáticos de la institución.
  5. Pagos de bienes y servicios en negocios afiliados.
  6. Consulta de Saldos en ventanillas y cajeros automáticos de la institución.
  7. Domiciliación de pago de servicios.
  8. Cancelación de la cuenta.

En el caso de la cuenta básica de nómina, se puede abrir por cualquier persona con empleo, ya sea directamente o por solicitud de su patrón. Este tipo de cuenta no requiere un monto mínimo de apertura, ni mantener un saldo promedio mensual mínimo.
Sin embargo, si no recibes depósitos en tu Cuenta Básica de Nómina por seis meses, es posible que se vea transformada en una Cuenta Básica para el Público en General (previa notificación), pero… ¿en qué te afecta?

La Cuenta Básica para el público en general también está exenta de comisiones y se beneficia con los servicios mínimos, además de no requerir un monto mínimo de apertura, pero tiene una diferencia sutil:
La institución bancaria puede determinar un saldo promedio mensual mínimo, dicho monto será el mismo para todas las cuentas básicas para el público en general que tenga la institución, pero no es para cobrarte una comisión… es para cerrar tu cuenta. ¡Ojo!, esto puede pasar sólo en caso de que, durante tres meses consecutivos, tu saldo promedio mensual sea menor al que te pide la institución.
Ahora bien, si en una Cuenta Básica para el Público en General se reciben abonos periódicos, la institución bancaria puede establecer como condición para mantenerla abierta, que durante seis meses consecutivos se realice al menos un abono, sin necesidad de mantener el saldo promedio mínimo mensual.

Si algún mes tienes un saldo menor al promedio mínimo requerido, el banco te debe de avisar ya sea por escrito dirigido a tu domicilio; con un aviso en el cajero automático o bien, a través de un mensaje de texto a tu celular. Recuerda que en caso de que cierren tu cuenta, te deben devolver tu dinero, ya sea que te lo entreguen en ventanilla o mediante un cheque.
Los bancos deben ofrecer este tipo de cuentas y tienen prohibido negar la apertura de ellas, a excepción, de que ya tengas una, o que la institución limite por cliente el número de cuentas básicas.
Si actualmente tienes una cuenta de depósito, en la que te cobran alguna comisión, puedes cambiarte de banco, las cuentas que cobran comisión por no mantener saldo promedio, van desde 10 hasta 700 pesos, con un promedio de 197 pesos por evento, es decir si no mantienes dicho saldo te cobrarán una comisión. No te vayas con la primera cuenta que te ofrezcan, puedes preguntar por una cuenta básica, es tu derecho.

 

¿Conoces las Tarjetas de Crédito Básicas?
¿Sabías que las Instituciones Financieras que otorguen tarjetas de crédito básicas están obligadas a mantener a disposición de sus clientes un producto cuya finalidad sea únicamente la adquisición de bienes o servicios, por lo que no podrás disponer efectivo? Una TDCB tiene las siguientes características:

I. Su límite de crédito es de hasta doscientas veces el salario mínimo general diario vigente ($16,008).

II. Están exentas de comisión por anualidad o cualquier otro concepto.

Para poder acceder a una de estas tarjetas, las instituciones requieren un ingreso mínimo mensual; sin embargo existen Instituciones Financieras que no lo solicitan.
Para que conozcas las características propias de este tipo de tarjetas te invitamos a que veas el Catálogo Nacional de Productos y Servicios Financieros de la CONDUSEF, donde podrás comparar tasa de interés máxima anual, tipo de tasa de interés, el pago mínimo y el ingreso mínimo mensual. Aquí te mostramos algunas de ellas:

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Si no quieres pagar anualidad ni comisiones, o bien, eres un cliente totalero que no está interesado en obtener puntos ni recompensas y únicamente la quieres utilizar como medio de pago para tener un historial crediticio, la tarjeta de crédito básica puede ser tu mejor opción.
Es importante que recuerdes que una tarjeta de crédito NO es dinero extra, sino un préstamo que estás obligado a pagar. También debes saber que por cada retraso que tengas en tu día de pago, esta deuda se incrementará.

Si algún mes tienes un saldo menor al promedio mínimo requerido, el banco te debe de avisar

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