¿Qué sabes de la nueva Factura Electrónica 3.3?

Pon en orden tus finanzas

abías que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó la factura electrónica para que los contribuyentes (personas físicas o morales) emitan sus comprobantes fiscales sin tantos problemas?

Los cambios que hizo el SAT en el esquema de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) son, por un lado, para mejorar el uso de la factura electrónica entre los contribuyentes y, por otro, para corregir algunos errores que se detectaron en los anteriores modelos con el paso de los años.
Entre otros beneficios que trae consigo dicha actualización, están: la simplificación en la contabilidad de contribuyentes y empresas; la eliminación gradual de declaraciones informativas y la prevención de errores, entre otros, lo que beneficiará a más del 90% de los contribuyentes.2

¿Cuáles son los cambios de CDFI 3.3?
En esta versión, el SAT integró los datos utilizando catálogos y patrones que disminuyen la posibilidad de cometer errores en la elaboración de la factura, así como, validaciones aritméticas que sirven para que los cálculos reflejados sean correctos, disminuyendo así las cargas administrativas y contables a los contribuyentes.
Otra de las ventajas es que se podrán eliminar las declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales de impuestos prellenadas, así como simplificar la contabilidad electrónica.

En 2014 desapareció la factura física, es decir en papel y la factura electrónica hizo su aparición. 1

 

estado

 

Nuevos tipos de comprobante: se incorporan 2 nuevos tipos de comprobante, nómina y pago, los cuales pasarán a ser documentos independientes.

En caso de un error: para cancelación, devolución, correcciones, ajustes y traslados deberás de igual forma asignar un código del catálogo.

Domicilio Fiscal del emisor: desaparece en esta versión.

Cancelación: se realizará a través del buzón tributario siguiendo los procesos establecidos por el SAT, existen algunas alternativas donde no aplica este procedimiento.
Si tienes alguna otra duda referente a este tema, te invitamos a consultar www.gob.mx/sat, o si lo prefieres descarga el anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet en: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/GuíaAnexo20.pdf

 

1 Art. 9 del C.F.F
2 SAT

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