Nuevo esquema de seguridad social

Conoce los mitos y verdades.

Tras la pandemia por COVID-19, miles de personas han decidido explorar el trabajo por cuenta propia, como una alternativa para generar sus ingresos.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del INEGI, el número de personas que trabajan en la informalidad laboral ha crecido de tal manera que para el mes de junio del año en curso las cifras rebasaron los 32.1 millones de personas.

Tomando esto en cuenta, nos dimos a la tarea de conocer los nuevos esquemas que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene para aquellas personas que son trabajadoras independientes. Con el objetivo de conocer los detalles y romper con algunos mitos que giran en torno a este tema, platicamos con la Maestra Norma Gabriela López Castañeda, Directora del área de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social y esto fue lo que nos dijo en cuanto al Esquema Personas Trabajadoras Independientes:

MITO 1:

Las personas que se dedican al trabajo informal son todas aquellas que no laboran dentro de una empresa.

FALSO.
Es importante saber que el trabajo informal abarca a todas aquellas personas que no cuentan con seguridad social, prestaciones, acceso a la salud, ni posibilidad de ahorrar para una vivienda o retirarse en el futuro.

MITO 2:

Las y los trabajadores independientes solo cuentan con la Modalidad 40 para ver por su retiro.

FALSO
En beneficio a este tipo de trabajadores, el IMSS ha dispuesto un esquema integral de Seguridad Social simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio.

En palabras de la Mtra. Norma A. López, “se trata de un esquema piloto que permite a cualquier persona, que no esté incorporada como trabajador de una empresa o industria o que no tenga alguna otra actividad subordinada, a incluirse a la seguridad social dentro del IMSS.”

MITO 3:

Este esquema solo es para ahorrar para el retiro.

FALSO.
El esquema para Personas Trabajadoras Independientes, cuenta con varios ramos de aseguramiento: el de invalidez y vida; riesgos de trabajo; guarderías y prestaciones sociales; retiro; cesantía en edad avanzada y vejez.

“Prácticamente a través de este programa piloto, las personas tienen acceso a los ramos de aseguramiento que otorga el IMSS, a esto se le conoce como seguridad social, y además, en igualdad de condiciones como cualquier otro trabajador. Es decir, al registrarse, se adquiere la cobertura completa por enfermedades y maternidad, entendemos por ello a toda la atención hospitalaria, farmacéutica, estudios de laboratorio, etc.

En cuanto a prestaciones económicas, se tiene derecho al pago por incapacidad a través de una compensación que se da a razón del 60% de su ingreso en el Seguro Social. Otro beneficio es que, si debido al desempeño de su actividad laboral, sufre un accidente o se presenta alguna enfermedad vinculada al mismo, se podrán gozar de la atención médica y del pago de la incapacidad.

De igual forma en el área de Invalidez y vida, este seguro brinda el acceso a una pensión derivada de la incapacidad parcial o completa. En la parte del retiro, te ayuda a realizar aportaciones a tu cuenta individual, para que cuando llegue el momento de pensionarte, tengas un monto acumulado. Y, por último, en el rubro de guarderías y prestaciones sociales, se encuentran actividades de esparcimiento, culturales y demás.” Aclara López Castañeda.

MITO 4:

Este nuevo esquema permite incluir dentro de los beneficios a tu núcleo familiar.

VERDADERO.
Ya sea tu cónyuge o concubina(rio), hijas o hijos y padres, todos pueden gozar de la atención médica.

MITO 5:

Si te afilias a este programa pierdes tus semanas de cotizaciones previas.

FALSO.
“De hecho, conviene mucho afiliarse a este programa, porque en caso de tener semanas cotizadas previas, no se pierden. Incluso, como cotiza al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, te permite seguir teniendo el ahorro necesario para tu retiro, puedes seguir juntando semanas de cotización y sigues aportando a tu cuenta individual.”

MITOS 6:

Afiliarse a este esquema te obliga a cotizar a razón de un salario específico y a cumplir con tiempos definidos.

FALSO.
“Anteriormente se tenía una modalidad de aseguramiento para trabajadores independientes, prevista en el artículo 13° de la Ley del Seguro Social, pero existían muchos inconvenientes, tales como: obligar a cotizar a razón de un salario mínimo, si se contaba con una enfermedad incluyendo las crónico-degenerativas, ya no se podía ingresar al seguro social, entre otros.

En beneficio de la población se buscó modificar esto a través de un esquema de aseguramiento voluntario que funciona en forma de prepago. Esto ayuda a que, si en algún momento decides regresar a realizar una labor subordinada, suspendes las aportaciones al esquema, se cumple el periodo pagado y se cancela automáticamente para que puedas continuar con tu aseguramiento en la nueva condición de relación laboral.”

MITO 7:

Es muy sencillo realizar el trámite de afiliación a este esquema.

VERDADERO.
Todo el trámite se realiza a través de la página web del IMSS, en el apartado de personas trabajadoras independientes. Al ingresar tendrás que proporcionar la siguiente información:
• Datos del trabajador independiente.

• Definir la ocupación que se realiza para saber los riesgos de trabajo a los que se está expuesto. Esto ayuda a garantizar la atención en caso de sufrir algún evento inesperado, solo ten presente que entre mayor sea este riesgo, mayor es la cuota que se debe cubrir.

• Señalar el ingreso en el que se desea cotizar.

• La periodicidad del aseguramiento, puede ser mensual, semestral o anual.

• Datos de contacto.

Con toda esta información, el sistema va a calcular de manera automática el importe de la cuota a cubrir, además de generar la línea de captura que podrá ser pagada en el Banco de tu preferencia. Solo toma en cuenta que después de realizar el pago, el inicio del aseguramiento comenzará a partir del primer día del mes siguiente.

López Castañeda señala que una vez que se realice esta afiliación, ya no se necesita hacer otro trámite. Si las condiciones son las mismas y se requiere estar asegurado por el mismo periodo, el IMSS mandará de manera regular al correo electrónico registrado, los formatos para pago de los meses siguientes.

Cualquier ajuste que se desee hacer, se puede realizar dentro de la misma página web y cambiar la información necesaria.

MITO 8:

El registro a la Unidad de Medicina Familiar es al azar.

FALSO.

Una vez que inicia el aseguramiento te puedes registrar en la Unidad de Medicina Familiar que desees y registrar a tu núcleo familiar si así lo requieres.

MITO 9:

Si cuento con la atención médica por parte del IMSS, por pertenecer al núcleo familiar de otra persona, ya no conviene darse de alta en este esquema.

FALSO.
Nos aclara López Castañeda: “como asegurado dentro de este esquema piloto se tienen prestaciones diferentes a las que se pudieran tener como beneficiario, por ejemplo: el aseguramiento por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el cual te permite tener una pensión en el momento de tu retiro.”

MITO 10:

Nadie se ha interesado en este esquema.

FALSO.

Desde el arranque de este programa, que fue en el mes de enero de 2021, hasta el momento, se tienen un total de 37 mil 624 personas incorporadas, de las cuales el 60% son hombres y el 40% restante mujeres.

Si deseas conocer más sobre este programa, dirígete a: http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes y conoce los detalles.

https://revista.condusef.gob.mx/wp-content/uploads/2022/09/esquema_270.pdf