Ahorrar para el retiro

Las personas trabajadoras del hogar.

El trabajo doméstico es realizado por un sector vulnerable de la población, e incluye tareas como: cocinar, limpiar, cuidar de niños, de personas adultas mayores o con discapacidades, ocuparse del jardín o de mascotas, conducir etc. Históricamente es uno de los empleos que ha sido objeto de mayor discriminación, invisibilización y estigmatización

Para garantizar los derechos de las personas trabajadoras del hogar, como la seguridad social y el ahorro para el retiro, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con un esquema diseñado especialmente para este sector de la población.

Para aclarar las dudas y resolver algunos mitos que giran en torno a este tema, la Maestra Norma Gabriela López Castañeda, Directora del área de Incorporación y Recaudación del IMSS nos dice lo siguiente:

MITO 1

FALSO

Las personas que se dedican al trabajo del hogar no pueden ahorrar para su retiro.
Es importante saber que el esquema que ofrece el IMSS para trabajadores del hogar abarca a todas aquellas personas que no cuentan con seguridad social, prestaciones, acceso a la salud por su empleo, ni posibilidad de ahorrar para una vivienda o retirarse en el futuro.

MITO 2

VERDADERO

Darse de alta en este esquema tienen muchos beneficios.
En palabras de la Mtra. Norma López: “además de romper con la brecha del esquema para Personas Trabajadoras del Hogar, el IMSS cuenta con los 5 ramos de aseguramiento, el de invalidez y vida; riesgos de trabajo; guarderías y prestaciones sociales; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

MITO 3

FALSO

Es muy tardado el trámite de afiliación o inscripción de persona trabajadora del hogar.
El trámite de afiliación se realiza por medio de la página de internet del IMSS, donde se deberá de registrar la información del patrón: CURP, correo electrónico, domicilio, datos de contacto y RFC, así como la de la persona trabajadora del hogar: Número de Seguridad Social, CURP, domicilio, salario diario y días laborados.

Posteriormente se tendrá que generar el formato de incorporación y línea de captura para pago y realizarlo.

Es importante señalar que, ya que se realice el pago, el aseguramiento de la persona trabajadora del hogar será a partir del primer día del mes inmediato posterior y por los días que labora con el patrón.

MITO 4

VERDADERO

Este nuevo esquema permite incluir dentro de los beneficios a tus familiares más cercanos.
Ya sea tu cónyuge o concubina(rio), hijas o hijos y padres, todos pueden gozar de la atención médica. La Mtra. Norma Gabriela López nos aclara que “una vez que la persona trabajadora del hogar ingresa como asegurado del IMSS, debe de ir su Clínica Familiar para terminar el proceso de registro y anexar a su núcleo familiar”.

MITO 5

FALSO

El empleado es quien realiza los pagos para la afiliación.
La Mtra. Norma nos aclara: “el obligado al pago de la cuota es el patrón, esto de acuerdo con el artículo 13 de la Ley del Seguro Social. Pero en beneficio a los empleadores, se pueden realizar los pagos de forma mensual o simplemente por los días que la persona trabajadora del hogar va a laborar. Todo lo anterior en función al ingreso, es decir al pago que se le da a la persona trabajadora del hogar”.

MITO 6

FALSO

Poco sirve si la persona trabajadora del hogar no labora todos los días ya que no se le asegura el mes completo.
“Se están realizando algunos ajustes a la prueba piloto para que siempre que el ingreso acumulado, ya sea entre diferentes patrones o con uno solo, que supere el salario mínimo, pueda gozar del mes completo de aseguramiento”.

MITO 7

FALSO

Es muy complicado, como patrón, realizar los pagos del aseguramiento.
Para realizar el pago de afiliación, de la persona trabajadora del hogar que se desea incorporar al IMSS, se tiene la opción de hacerlo de manera presencial, en una ventanilla bancaria o a través de la banca en línea, durante los primeros 20 días del mes. Además, si no cambian las condiciones de aseguramiento, mes con mes el Instituto mandará por correo electrónico el formato de incorporación y pago.

MITO 8

FALSO

Como persona trabajadora del hogar, no puede dar por terminada la relación de trabajo si se está afiliada.
Se puede dar por terminada en cualquier tiempo la relación de trabajo, por Ley solo se tiene que dar aviso al patrón(a) con ocho días de anticipación.

MITO 9

VERDADERO

Como patrón se puede registrar a varias personas trabajadoras del hogar.
Se pueden registrar a varias personas, incluso, una sola persona puede ser registrada por diferentes patrones. Lo anterior, con la obligación de que cada uno de ellos cubra el monto correspondiente al pago de sus cuotas obrero patronales por mes anticipado.

MITO 10

FALSO

Nadie se ha interesado en este esquema.
“El acercamiento de la población a este esquema es interesante, actualmente, 51 mil 354 personas trabajadoras del hogar se encuentran registradas; de ellas, solo 4 mil 200, es decir el 8%, son menores de 31 años. Además, el salario con el que se han registrado es superior al mínimo (231.7 pesos diarios)”, aclara López Castañeda.

Si deseas conocer mayor información sobre este tema, visita: https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar o bien, descarga la aplicación móvil: “Dignas” que el Centro Nacional para la Capacitación Profesional y Liderazgo de las Empleadas del Hogar realizo para llevar de la mano a todas aquellas personas interesadas.

https://revista.condusef.gob.mx/wp-content/uploads/2022/10/ahorrar_272.pdf