Seguros de Vida

¿Sabes si eres beneficiario y cómo cobrarlo?

La muerte de un familiar es un evento trágico que ninguna persona se encuentra preparada para enfrentar, sin embargo, hay ciertas cosas que no debes dejar para después. Si crees que eres beneficiario de algún seguro de vida, pero no sabes qué trámites realizar para saberlo, en este artículo te explicamos todo lo relacionado al tema.

¿Cómo saber si eres beneficiario?

La CONDUSEF ofrece un servicio llamado

SIAB VIDA, con el que cualquier persona puede solicitar información que le permita saber si es beneficiario de uno o varios seguros de vida.

La respuesta del SIAB VIDA, la recibirás en un máximo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de tu solicitud.

Para hacer uso del SIAB VIDA debes:

Llenar y firmar el formato de solicitud, ya sea que lo descargues en: https://phpapps.condusef.gob.mx/condusefenlinea/formatosTramite/f_siabvida.pdf, o que lo solicites en cualquiera de nuestras Subdelegaciones.

Además deberás anexar a tu solicitud los siguientes documentos:

• Copia de la identificación oficial del solicitante.

• Copia del acta de defunción del fallecido.

Si el trámite se realiza a través de un apoderado o representante legal, se deberá presentar el documento que compruebe su poder o representación.

Estos documentos deberás entregarlos en la Subdelegación de tu Estado, localiza la que se encuentre más cercana de tu domicilio en: http://www.condusef.gob.mx/gbmx/?p=mapa-delegaciones.

Si fuiste designado beneficiario, se te informará el nombre de la aseguradora, así como la vigencia y número de póliza del seguro de vida. En caso contrario, la respuesta será que no se encontró información.

Si la respuesta es afirmativa9

En caso de que resultes ser beneficiario, necesitarás tener a la mano los siguientes documentos:

• Identificación Oficial.

• Oficio derivado de la Solicitud de búsqueda de beneficiarios de seguros de vida (SIAB-VIDA).

• Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del asegurado, para poder llevar a cabo el trámite ante la Institución Financiera.

• Solo en caso de muerte accidental, debe presentarse copia certificada de las actuaciones del Ministerio Público que tomó conocimiento de los hechos del fallecimiento.

• Para efectos fiscales y exención del pago del impuesto correspondiente, es importante presentar documento que acredite parentesco con el asegurado.

Lo que sigue

Una vez que tengas la documentación requerida, debes presentarla en cualquiera de las sucursales o centros de servicio de la aseguradora.

Recuerda que las formas en que puede ser pagada la suma asegurada son a través de cheques nominativos, transferencia o depósito bancario, este último será siempre y cuando entregues un estado de cuenta en tu documentación.

También, si lo deseas, puedes acercarte a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de cada Institución Financiera, para que te orienten más acerca del tema y te brinden la información exacta de cada aseguradora.

Para conocer los datos de la UNE de tu institución, debes entrar al Directorio de Unidades Especializadas de Atención a Usuarios a través del siguiente link:

http://eduweb.condusef.gob.mx/Reune/ditue.aspx

En cuanto la aseguradora deje de solicitarte documentación, da inicio el cómputo del plazo de 30 días para realizar el pago, o en su caso señalar la causa de rechazo.

1 Reporte Nacional de Inclusión Financiera 2017

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