Recupera tu dinero (de la subcuenta de vivienda)

Los preparativos de un viaje son los que determinan el éxito del mismo. De la misma forma, la información previa al reclamo de lo reunido en la cuenta del Infonavit para los pensionados ayudará a que ese camino fluya sin vueltas innecesarias.

 

María Leonor lo dice por tercera vez en esta llamada telefónica: “Ay, qué buena noticia”. Acaba de saber que, aunque hace diez años que se retiró, ahora podrá cobrar su

fondo de Infonavit. “No sé cuánto dinero tenga, pero coticé más de 25 años y nunca usé mi crédito”.

 

Se llama María Leonor López y forma parte de los casi dos millones de pensionados que podrán recobrar el dinero acumulado en sus subcuentas de vivienda. En el Infonavit la identificarán como parte del “Grupo 4, pensionados que no solicitaron la devolución o que lo hicieron y obtuvieron resolución en contra”.

 

Hasta el pasado 12 de enero, quienes se pensionaban bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1973 no recibían el reembolso de lo acumulado en su cuenta del Infonavit y tenían que demandar para tener ese dinero.

 

Con las más recientes modificaciones a la Ley del Infonavit, publicadas en el Diario Oficial en la segunda semana de enero, la devolución de la cuenta se dará en forma automática para quienes se pensionen a partir de esa fecha. También se le entregará lo acumulado en la subcuenta a los ya pensionados que hagan el trámite de devolución, sin que tengan que interponer una demanda.

 

María Leonor tiene razón: es una buena noticia para los trabajadores que tienen su régimen de pensión con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 

Tiempo de trámites

Entre las primeras preguntas que surgen a los pensionados es cuánto dinero tendrán. Así que también es de las primeras dudas que planteamos a Luis Martín del Campo, gerente de Administración del Patrimonio Social del Infonavit.

 

La respuesta es… depende. ¿De qué? Del tiempo de cotización que haya registrado el trabajador, del monto de su salario y de si alguna vez hicieron uso de ese dinero para comprar una casa.

 

Sin embargo, “podemos hablar de un promedio. Así que, en promedio, la cuenta es de 60 mil pesos, pero esto sólo es un indicador general: muchos usaron su crédito Infonavit y no tienen acumulado o bien otros tienen más dinero pues cotizaron mucho tiempo y nunca lo usaron”, detalla.

 

La pregunta que sigue es “¿Y cómo le hago para que me regresen mi dinero?” Aquí te damos un ABC:

 

Verifica que cumplas con los requisitos generales. Éstos son:

 

A

• Estar pensionado y contar con el dictamen de pensión en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, expedido por el IMSS.

 

• Ser el titular de la pensión. En el caso de que el titular haya fallecido, los beneficiarios deben acudir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para hacer el trámite de designación de beneficiario.

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• Contar con saldo en tu Subcuenta de Vivienda1997.

 

• No tener un crédito del Infonavit vigente.

 

• No estar en proceso de aclaración de homonimia. (Cuando tu nombre es exactamente igual al de otra persona y es necesario aclarar a quién pertenecen los fondos).

 

• El saldo de tu Subcuenta no debe haber sido traspasado a tu Afore. Si este es tu caso, debes hacer el trámite en tu Afore.

 

B

Ubica en cuál grupo estás.

 

Por su situación, quienes recibirán los recursos acumulados en su subcuenta de vivienda pueden clasificarse en cuatro grupos. Identifica a cuál perteneces, pues en función de eso tendrás que cumplir algunos requisitos:

 

Grupo 1

Nuevos pensionados:

Pertenecen a este grupo quienes se pensionen después del 13 de enero de 2012. (El Infonavit calcula que podrían ser hasta 200 mil personas, cada año, en este grupo). Si se retiran bajo la Ley 73, una vez que han corrido con el trámite habitual frente al IMSS, deberán dejar pasar un mes luego de recibir su notificación de pensión, y entonces iniciar el trámite ante Infonavit.

 

relojSi perteneces a este grupo te recomendamos que revises el estado de cuenta de tu Afore para confirmar si tienes recursos en la subcuenta de vivienda 92 y en la subcuenta de vivienda 97. Si los tienes podrás solicitar la devolución de ambas subcuentas en un mismo trámite. Para ello necesitarás los siguientes documentos:

 

• Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.

• Original y copia del estado de cuenta bancario (no mayor a dos meses) con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. (CLABE)

• Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.

• Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás reiniciar el trámite.

 

 

Grupo 2

 

Pensionados con demanda y resolución a su favor:

Dado que bajo la Ley 73 del Seguro Social, hasta enero de este año quienes se retiraban podían acceder al dinero de su Subcuenta de Vivienda sólo si ganaban en una demanda contra el instituto, Infonavit atiende cada año a unas 15 mil personas que optaron por esta vía.

Quienes ya obtuvieron la resolución a favor, deberán llenar su solicitud de devolución a través del portal del instituto y solicitar su cita. Entre los papeles que deberán presentar están:

 

• Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.

• Original y copia del laudo en el que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje falla a su favor (carátula, resolución y firmas).

• Original y copia del estado de cuenta bancario, no mayor a dos meses, con la clave interbancaria (CLABE).

• Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.

 

Grupo 3

Pensionados con demanda en trámite: Infonavit calcula que hay unas 100 mil personas en el proceso de la demanda para devolución del dinero de la Subcuenta de Vivienda. Ellos tienen dos posibilidades: una es continuar el proceso hasta terminarlo y entonces acudir al Infonavit para hacer el trámite (ver los pasos del grupo 2).

 

La otra opción es que decidan detener la demanda, en cuyo caso debe comunicarlo ante las instancias en las que se presentó y éstas deberán extenderle un documento de desistimiento. Se reciben solicitudes a partir del 16 de enero de 2012. En tal caso, requerirán la siguiente documentación:

 

• Original y copia del desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Juzgado. (No llenes la solicitud ni programes una cita si no cuentas con el desistimiento, pues al llegar al Cesi te informarán que tu trámite no procede).

• Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.

• Original y copia del estado de cuenta bancario, no mayor a dos meses, con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero (CLABE).

• Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.

 

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Grupo 4

 

Pensionados que no solicitaron la devolución:

En este renglón está María Leonor, al igual que la mayoría de los pensionados bajo la Ley 73. Infonavit calcula que son 1.7 millones de personas que deberán hacer el trámite a partir de este año. Hay que decir que en este rubro también se incluirán a aquellos que en algún momento solicitaron la devolución de su dinero y les fue negada.

 

Los detalles para que los retirados del grupo 4 reclamen la devolución de su fondo de vivienda se darán a conocer máximo el próximo 11 de julio. María Leonor y todos los demás podrán entonces iniciar su trámite, que se anticipa será muy similar al que ya siguen los otros tres grupos de pensionados. “Infonavit está listo desde hace un año para realizar estos trámites, así lo comprobamos al atender a la población de los primeros grupos de pensionados. Sabemos que ahora habrá un mayor volumen de solicitudes, por lo que es importante esperar que Hacienda establezca el proceso”, concluye Luis Martín del Campo.

 

C

Llena tu solicitud y haz una cita.

 

|telefonoUna vez identificado el grupo al que perteneces, el siguiente paso es llenar una solicitud en línea que encontrarás en la página de infonavit, (www.infonavit.org.mx). Puedes llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país para que un asesor te asista en el llenado.

Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular, pues después de hacerlo un asesor te llamará o te enviará un correo electrónico para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. (Si no procede, al llamar te informará la causa). Además de los documentos que corresponden al grupo que perteneces, a tu cita deberás de llevar:

 

• Número de solicitud y número de cita.

• Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.

• Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo se necesita el dato, no es necesario que lleves el documento).

• Clave Única de Registro Poblacional (CURP).

 

Durante la cita entregarás tu documentación, que será revisada en ese momento. Si todo está en orden, te informarán el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con esa cantidad. El Infonavit depositará en la cuenta que hayas indicado a más tardar 10 días hábiles a partir de la reunión.

 

A despejar dudas

Planteamos las preguntas más comunes de un pensionado que desea recuperar el dinero de su Subcuenta de Vivienda. Las responde Luis Martín del Campo, gerente de Administración del Patrimonio Social del Infonavit.

 

1 ¿Importa el tiempo que haya transcurrido desde que me pensioné para que pueda solicitar la devolución de la cuenta de vivienda? Todos los pensionados, desde cualquier año, pueden solicitar la devolución.

 

2 El pensionado ya falleció y nunca cobró su Subcuenta de Vivienda, ¿pueden reclamarlo sus beneficiarios? Los beneficiarios pueden solicitar la devolución, siempre y cuando demuestren que son los beneficiarios legales.

 

Este documento lo emite un juez y es esencial presentarlo para hacer el trámite.

 

3 Ejercí mi crédito Infonavit mientras trabajaba. Lo pagué y seguí cotizando, ¿recibo dinero también? Sí. Se le devolverá lo que se haya acumulado después de haber pagado su crédito.

 

4 Soy pensionado y no he terminado de pagar mi crédito Infonavit, ¿me toca algo de la Subcuenta de Vivienda? No, dado que no hay dinero acumulado en ese apartado. Lo mismo ocurre si es deudor moroso del Infonavit. En este caso se le solicitará, además, que ponga al día sus pagos al instituto.

 

5 ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la cantidad de dinero que Infonavit me informa que deberá devolverme? Durante la cita del Infonavit se le informará cuánto tiene registrado el instituto que usted acumuló a lo largo de su tiempo de cotización. A ese dinero se le añade una tasa de interés. Usted deberá firmar de conformidad antes de recibir el depósito. Si no está de acuerdo, puede solicitar la revisión o incluso irse a juicio. La suma que deberá devolverle Infonavit es la acumulada durante sus años de cotización en el IMSS.

 

6 ¿Los pensionados pueden hacer los trámites por sí mismos o requieren de algún tipo de apoyo?

Los trámites han sido desarrollados de manera simplificada. Básicamente consisten en completar una solicitud de devolución desde el portal del Infonavit, enviarla, esperar instrucciones y una vez aprobada, solicitar una cita para ir a la oficina Infonavit que le corresponde.

 

abueloLos papeles que se solicitan también son los básicos, tales como: número de seguro social, notificación de pensión, identificación oficial, una cuenta bancaria de reciente apertura.

 

Están, además de la información en el portal del instituto (www.infonavit.org.mx) y la orientación telefónica en Infonatel al 9171-5050 si está en el Distrito Federal o al 01800-008-3900, sin costo desde cualquier otra parte del país.

 

7 ¿Debo acudir a mi centro Infonavit a realizar todo el trámite?

Lo primero es llenar la solicitud electrónica y luego solicitar la cita. Sólo se atienden casos con cita. Esto es muy importante, ya que no puede hacerse de otra forma: no hay manera de brincarse ningún paso o trámite. Cualquier otra oferta de ayuda significará un planteamiento falso o corrupto. En Infonavit todos los trámites son gratuitos. Si falta a la cita estipulada para usted, invariablemente deberá reiniciar el trámite desde el principio.

 

 

8 ¿Es igual para los pensionados bajo la Ley 73 del Seguro Social que para los que elijan pensionarse bajo la Ley 97? No. Los pensionados bajo la Ley 73 –hasta ahora y por edad, la mayoría de los pensionados en México–son quienes ven la modificación del proceso en su dinero acumulado en el Infonavit. Esto porque la Ley 97 ya establecía la devolución de la cuenta de vivienda del pensionado bajo tres modalidades: la primera es si decidió pensionarse bajo el esquema de retiros programados. En ese caso, el dinero de Vivienda se le entrega a la Afore para que la integre en las mensualidades del trabajador. Otro caso es que el trabajador haya decidido pensionarse con una renta vitalicia, en cuyo caso el dinero se le entrega a la asegurada que eligió el pensionado. El tercer rubro se le entrega el dinero directamente al pensionado, esto cuando hubo una negativa de pensión del IMSS, o si la pensión forma parte de un plan privado registrado ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

 

9 ¿Por qué hasta ahora se da la apertura de devolución inmediata al dinero de la Subcuenta de Vivienda de los trabajadores? De acuerdo con lo establecido en la Ley del Seguro Social de 1973, el dinero acumulado en la Subcuenta de Vivienda de los pensionados debía entregarse al gobierno federal. Desde 1997, año en que se modificó la Ley del SS, sindicatos y grupos de trabajadores habían solicitado en múltiples ocasiones que se oficializara esta devolución, hecho que ocurrió una vez que se publicó el decreto que reforma la Ley del Infonavit en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de enero.

 

10 ¿Empobrecerá al Infonavit la devolución de este dinero a los pensionados?

No. Este dinero no forma parte del patrimonio del instituto, sino que estaba en un fondo federal, por lo tanto es posible devolverlo a los trabajadores sin afectación de esta entidad. Se estima que la devolución, en conjunto, ascenderá a 19 mil millones de pesos.

 

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